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Guía practica clínica basad en la evidencia para el manejo de las adicciones opiáceos
DROGAS:
Toda sustancia que introducida en un organismo vivo puede modificar una o más funciones de éste (Kramer J.F, Camerón D.C. 1975). Además nos parece oportuno recoger la definición que aparece en la “Ley de Prevención y Asistencia en materia de Drogas. Ley 4/1997 de la Junta de Andalucía”: Sustancias naturales o de síntesis, cuyo consumo pueda generar adicción o dependencia, o cambios en la conducta, o alejamiento de la percepción de la realidad, o disminución de la capacidad volitiva, así como efectos perjudiciales para la salud, por representar un marco legal.
P00269S | Autónoma | Disponible |
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